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Apertura de empresas

SRL, SA o EAS: qué estructura societaria conviene para tu empresa en Paraguay

Comparación práctica entre SRL, Sociedad Anónima y EAS en Paraguay: socios, capital, costos, control y cuál conviene según tu proyecto.

Por Lic. Roberto Diosnel Cristaldo Aguilar15 de julio de 20267 min de lectura
SRL, SA o EAS: qué estructura societaria conviene para tu empresa en Paraguay

Elegir la estructura societaria es la primera decisión importante al abrir una empresa en Paraguay, y una de las que más cuesta corregir después. Define quién controla la empresa, cómo entran nuevos socios, cuánto cuesta mantenerla y qué imagen proyecta ante bancos y clientes.

En Paraguay hay tres figuras que concentran casi todas las constituciones: la SRL, la SA y la EAS. Veamos cuál conviene en cada caso.

Las tres estructuras más usadas

SRL — Sociedad de Responsabilidad Limitada

Es la estructura clásica para empresas familiares y pymes.

  • Se constituye con dos socios como mínimo, hasta un máximo de veinticinco.
  • El capital se divide en cuotas, no en acciones.
  • La responsabilidad de cada socio se limita a su aporte.
  • Para transferir cuotas a un tercero generalmente se requiere el acuerdo de los demás socios y una modificación del contrato social ante escribano.

Esa rigidez es a la vez su virtud y su límite: protege al grupo de socios de la entrada de extraños, pero vuelve lenta cualquier reestructuración.

SA — Sociedad Anónima

Es la figura pensada para proyectos de mayor envergadura o con vocación de captar inversores.

  • Requiere dos accionistas como mínimo.
  • El capital se divide en acciones, que se transfieren con mucha más facilidad que las cuotas de una SRL.
  • Exige una estructura de gobierno más formal: directorio, síndico y asambleas con actas.
  • Ese formalismo implica mayores costos de mantenimiento y más carga administrativa.

EAS — Empresa por Acciones Simplificada

Creada por la Ley N° 6.480/2020, es la gran novedad de la última década y hoy la opción más elegida por emprendedores e inversores extranjeros.

  • Puede constituirse con un solo accionista, sea persona física o jurídica.
  • El trámite es online, a través del sistema del Ministerio de Industria y Comercio, y es notablemente más rápido y económico que una SA.
  • Combina la flexibilidad de la SRL con la facilidad de transferencia de acciones de una SA.
  • Los estatutos admiten una amplia libertad para diseñar reglas propias de funcionamiento.

Comparación rápida

  • Socios mínimos: EAS 1 · SRL 2 · SA 2
  • Velocidad de constitución: EAS (la más rápida, online) · SRL (intermedia) · SA (la más lenta)
  • Costo de mantenimiento: EAS bajo · SRL bajo/medio · SA alto
  • Facilidad para transferir participación: SA y EAS alta · SRL baja
  • Formalidad de gobierno: SA alta · SRL media · EAS baja

Cuál conviene según tu caso

  • Sos un inversor extranjero que va a operar solo. La EAS es casi siempre la respuesta: no necesitás buscar un segundo socio de conveniencia solo para cumplir un requisito legal.
  • Es una empresa familiar o entre socios de confianza. La SRL sigue siendo sólida y previsible, y la dificultad para ceder cuotas juega a favor del grupo.
  • Vas a incorporar inversores, emitir acciones o buscás una imagen corporativa robusta. La SA justifica su mayor costo.
  • Vas a operar bajo régimen de maquila o con volumen de exportación. Conviene analizar el caso puntual: tanto la SA como la EAS son compatibles, pero la estructura de capital y el contrato con la matriz condicionan la elección.

Errores comunes que vemos en el estudio

  1. Constituir una SA "por prestigio" y terminar pagando durante años el costo de un directorio y un síndico que la operación nunca necesitó.
  2. Sumar un socio de conveniencia al 1% solo para llegar al mínimo de dos, sin prever qué pasa el día que esa relación se rompe. La EAS elimina este problema de raíz.
  3. Definir un objeto social demasiado estrecho, que obliga a modificar el estatuto ante el primer giro del negocio.
  4. No coordinar la estructura societaria con el régimen tributario. La figura elegida y el régimen del IRE se deciden juntos, no por separado.

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